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Pablo Casado: la ética y la ley

Cargos del PP denuncian un "encarnizamiento" contra Casado por su máster y ven "doble vara de medir"

Javier Pérez Royo

Pablo Casado es licenciado en Derecho. La Universidad Complutense acaba de certificar que no ha encontrado nada anómalo en su expediente académico, a pesar de que la mitad de las asignaturas las había aprobado en cuatro meses el mismo año en que fue elegido diputado autonómico, cuando había necesitado siete años para aprobar la otra mitad. Pero la Universidad Complutense ha certificado que no se ha encontrado nada que permita concluir que Pablo Casado obtuvo su título de forma no limpia. No ha dicho que lo obtuviera de forma limpia, sino que no se ha podido demostrar que no lo hiciera. Si lo obtuvo de forma limpia o no, lo saben Pablo Casado y los profesores que le aprobaron doce asignaturas en cuatro meses. Tras la certificación de la Universidad Complutense los demás tenemos que aceptar que Pablo Casado es licenciado en Derecho.

La ley no es la que decide cuándo un comportamiento es ético. Decide únicamente cuál es el límite que no se puede traspasar. Un estudiante puede copiar en un examen y si el profesor no lo descubre, puede no solo aprobar sino obtener una muy buena nota. Obviamente su conducta no es ética, pero una vez que la nota figura en su expediente académico es legalmente inatacable. Así es y así debe ser. No sería posible la convivencia si así no fuera.

Las garantías constitucionales en el proceso penal son uno de los avances civilizatorios más importantes que se han producido en la historia de la humanidad. Sin el derecho a no declarar contra uno mismo y no confesarse culpable no se podría vivir. Y sin embargo, con ese derecho no se está protegiendo comportamientos éticos, sino más bien todo lo contrario. En defensa propia, en un proceso penal no solamente se puede faltar a la verdad, sino que se tiene derecho a faltar a la verdad.

La ley no dice que ese comportamiento sea ético. Simplemente considera que es el mal menor, ya que, de no estar reconocido ese derecho, se posibilitaría la tortura como forma de obtener la prueba de la culpabilidad. Una persona puede haber cometido un delito y un delito espantoso y, sin embargo, puede no ser condenada porque no se ha podido destruir su presunción de inocencia con una actividad probatoria de cargo obtenida con todas las garantías constitucionalmente exigibles. Cuando se anulan grabaciones en las que quedan constancia de actos delictivos porque han sido obtenidas anticonstitucionalmente, los protagonistas de la conducta delictiva son absueltos. Pero no por ello su conducta se convierte en éticamente aceptable.

Pero no hay que llegar tan lejos. Vamos a quedarnos en un terreno en el que, sin duda, el Sr. Casado se reconoce con seguridad, porque es el terreno en el que se ha movido en los últimos quince años, es decir, durante la mayor parte de su vida adulta. El terreno de su partido.

Cuando el presidente del Gobierno y del PP, Mariano Rajoy, envió a Luis Bárcenas el conocido sms “Luis sé fuerte. Hacemos lo que podemos”, no es evidente que no estuviera haciendo algo jurídicamente punible, aunque no fuera nada fácil demostrar que lo estaba haciendo. Pero no cabe duda de que su conducta era éticamente reprobable.

O hablemos de “cohecho impropio”, que es uno de los delitos que la jueza en su exposición razonada al Tribunal Supremo considera que usted puede haber cometido. El presidente de la Comunidad de Valencia, Sr. Camps, fue exonerado de responsabilidad penal por dicho delito por un tribunal del jurado, a pesar de que había acreditación indiscutida de que había recibido a lo largo de varios años trajes regalados por “su amiguito del alma”, el conocido como El Bigotes. De acuerdo con la ley, interpretada por el Tribunal del Jurado y confirmada posteriormente por el Tribunal Supremo, la conducta del presidente Camps no fue constitutiva del delito de cohecho impropio. ¿Hay alguna duda de que su conducta fuera éticamente reprobable?

La ley y la ética operaron en planos distintos, entre los que hay una frontera, es decir, contacto pero también separación. Para saber esto no hace falta haber estudiante de derecho. Pero para un estudiante de derecho es un conocimiento inexcusable.

La universidad Complutense se ha cubierto de gloria con un alumno como usted.

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