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Asociaciones y juristas intentarán que el decreto que permite al Gobierno intervenir Internet para “preservar el orden público” sea declarado inconstitucional

Sede del Tribunal Constitucional.

Carlos del Castillo

La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información, la Asociación de Internautas y la Asociación de Usuarios de Internet intentarán que el decreto-ley que dota al Gobierno de la capacidad para intevernir Internet “para preservar el orden público”, que será ratificado este miércoles por la Diputación Permanente del Congreso, sea declarado nulo por el Tribunal Constitucional. El paso previo es presentar un recurso ante el Defensor del Pueblo con su argumentación, al que invitan a “las organizaciones y expertos que se quieran sumar”.

El Gobierno ha conseguido sacar adelante este miércoles el decreto-ley con los apoyos de Partido Popular y Ciudadanos, la abstención de Unidas Podemos y el rechazo de ERC. La medida fue aprobada en campaña electoral como una iniciativa “para evitar la república digital catalana”, en palabras del propio Pedro Sánchez. Sin embargo, un mes después, la vicepresidenta Carmen Calvo ha afirmado que el decreto-ley no tiene nada que ver con Catalunya y que su intención es asimilar la legislación española a la de “otros países”.

Más allá del relato político, el texto del decreto-ley introduce una serie de cambios en varias leyes que han provocado la alarma de los especialistas. El que consideran potencialmente más peligroso es que el que modifica la Ley General de Telecomunicaciones, la norma que regula la infraestructura que soporta Internet, para permitir al Gobierno intervenirla por razones “de orden público”.

En cualquier caso, el punto para hacer palanca contra el decreto no va a ser esta modificación, sino el uso incorrecto de la figura del decreto-ley para aprobarla. Esta iniciativa permite al Gobierno aprobar una norma con rango de ley sin autorización parlamentaria, pero pone como requisito para ello que exista un alto grado de urgencia para aprobar la medida. Las tres organizaciones entienden que no se da este precepto y el decreto-ley debe ser anulado por el Constitucional.

“La inconstitucionalidad va a depender de aspectos formales y no de fondo”, apunta Yolanda Quintana, coordinadora de la PDLI. “Nos parece lo más claro de entrada, pero de momento todo es provisonal. Cuando los juristas preparen el escrito pidiendo un recurso de inconstitucionalidad, usarán los argumentos que veamos más oportunos para que prospere”, detalla.

Mismo método que para anular las bases de datos ideológicas

Estas tres organizaciones, junto a un nutrido grupo de juristas especializados en la protección de datos, emplearon este mismo método que pretenden lanzar ahora contra el decreto-ley para tumbar otra regulación promulgada este 2019 que consideraron peligrosa para las libertades. Mediante u recurso ante el Defensor del Pueblo, consiguieron que el Tribunal Constitucional invalidara el permiso que los partidos políticos se autoconcedieron para elaborar bases de datos con información ideológica de los ciudadanos durante los períodos electorales.

El Defensor del Pueblo es la única vía legal para que un ciudadano de a pie presente un recurso de inconstitucionalidad. Solo el presidente del Gobierno, los de las comunidades autónomas o un grupo de 50 diputados o 50 senadores pueden llevar una medida legislativa ante el Tribunal Constitucional. El filtro para el resto de la sociedad es el Defensor del Pueblo, que debe hacer un análisis de los argumentos aportados y decidir si los hace suyos y los lleva ante el Alto Tribunal.

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