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10.401 euros de multa por un porro en el bolsillo y ser reincidente

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Daniel Sánchez Caballero

A Carlos le han puesto más de 30.000 euros en multas por posesión de cannabis. Carlos (el nombre ha sido cambiado) no es un narcotraficante: es consumidor y su delito más habitual es llevar un porro o dos en los bolsillos. Pero es reincidente. Y la Ley Mordaza establece sanciones de un mínimo de 10.401 euros por reincidencia en la posesión de cannabis. Carlos lleva tres multas en un año.

Una de ellas fue por “tenencia y consumo de sustancia estupefaciente” (él niega el consumo), según se lee en la denuncia de la policía municipal de Yecla (Murcia), donde reside. Cuando le pararon, los agentes le intervinieron un “grinder [un pequeño aparato que se utiliza para picar la marihuana] con restos de sustancia vegetal, al parecer marihuana”, reza el acta. Se envió el material intervenido al laboratorio, que lo pesó: había 0,01 gramos, una cantidad de yerba que cabe en la punta de un dedo. Le cayó encima toda la ley mordaza: 10.401 euros de multa, da igual la cantidad.

Carlos y no es el único que está sufriendo esta situación. Son varios los ciudadanos que han recibido estas notificaciones. Otro vecino tiene una multa de la misma cuantía por 1,48 gramos de cannabis, una cantidad que no supera los diez euros en la calle [ver la denuncia un poco más abajo].

El bufete de abogados Brotsanbert denuncia que “los ciudadanos de esta localidad están sufriendo una imposición sistemática de sanciones por tenencia de cannabis”. El abogado Francisco Azorín explica que muchos jóvenes de la ciudad han entrado en contacto con organizaciones pro cannabis como el bufete en el que trabaja para denunciar esta situación. Según sus cálculos, se han impuesto en el municipio, de 35.000 habitantes, al menos 50 sanciones por esta razón.

“La posibilidad de la aplicación de sanciones desmedidas a personas usuarias de cannabis a causa de la reincidencia ya se advirtió por parte de diferentes expertos cuando entró en vigor la ley mordaza”, explica Azorín.

La Ley de Seguridad Ciudadana —aprobada por el PP, el PSOE prometió derogarla pero no lo ha hecho— establece tramos para las sanciones en función de su gravedad. Para las infracciones graves, categoría en la que incurre el consumo o tenencia de cannabis de manera reiterada, contempla multas mínimas de 10.401 euros y máximas de 20.200 euros.

Un portavoz del Ayuntamiento de Yecla declara a eldiario.es que al consistorio también le parecen “una barbaridad” estas cuantías, que tienen “una actitud de diálogo” y que incluso se reunieron con los abogados de Brotsanbert. Llegaron a consultar con la Delegación del Gobierno si había otra manera de afrontar la situación. “Es la ley y hay que aplicarla”, les respondieron, según el portavoz.

Carlos, de 24 años, lo ve diferente. “Empezaron a perseguirme al año de empezar a fumar. Las primeras multas eran de 600 euros, ahora se están pasando”. Cuando le llegó la primera multa por reincidir, la pagó con reducción a la mitad: 5.200 euros. No le había dado tiempo a devolver ese dinero cuando le comunicaron que tenía una segunda (la del grinder) que además no podía pagar reducida porque se le había pasado el plazo. En el mes y medio que ha pasado desde entonces le han puesto otra más, cuya notificación está esperando.

“Están destrozando a los jóvenes, es muy injusto”, lamenta Carlos. Ahora dedica casi el 40% de su salario a pagar la segunda multa, íntegramente, a plazos, mes a mes. “Se te quitan las ganas de trabajar”, afirma. Y sostiene que vive espantado de que la empresa en la que trabaja se entere de la situación y le despida.

El abogado Azorín coincide y califica la situación de “imposición sistemática de sanciones por tenencia de cannabis”, e introduce otro elemento en la ecuación: la ley mordaza contemplaba en su artículo 43 la creación de un registro de reincidentes “a efectos exclusivamente de apreciar la reincidencia en la comisión de infracciones tipificadas en esta ley”. Pero el registro no existe, nunca se ha creado.

“La pregunta que hay que hacerse es: ¿Se puede aplicar la reincidencia si no tienes habilitación legal para hacer un registro de reincidentes?”, se pregunta Azorín. “¿Cómo saben que lo es? Veremos qué dicen los jueces, tenemos cuatro causas pendientes para el año que viene”, explica.

Será tarde para Carlos. Él ya ha pagado una multa, está pagando otra y pendiente de recibir la tercera. Con el tema de los pagos de las sanciones se da otra circunstancia más sobre la que alerta el abogado. Al beneficiarse del pronto pago y la reducción del 50%, el infractor renuncia a recurrir.

Lo explica Azorín: “La ley llega a a comprar el derecho a recurrir del administrado por 5.200 euros, algo que consideramos inconstitucional. Además, la administración suele confirmar las sanciones, por lo que para conseguir anularlas hace falta acudir a un juzgado, con el consiguiente gasto, que en el caso de estas sanciones puede rondar los 3.500 euros”.

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